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Compuesto orgánico volátil (COV)

La identificación reglamentaria de una sustancia como Compuesto Orgánico Volátil (COV) se realiza de conformidad con una de estas dos directivas europeas:

  • la Directiva europea nº 1999/13/CE: la definición de COV se basa en la presión de vapor (0,01 kPa a 293,15° K)
  • la Directiva europea Decopaint nº 2004/42/CE: la definición se basa en la temperatura inicial de ebullición (por encima de 250° C a la presión atmosférica).

El ESIG y los usuarios de disolventes tratan juntos los asuntos relacionados con los COV en un subgrupo denominado European Solvents VOC Coordination Group (ESVOC) –el grupo europeo de coordinación sobre COV de disolventes.

Para más información sobre el ESVOC, visite su portal.